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Seccion 3. 2 cercadel Articulo 3: | ha entendido , como parect feinfiere de lo mifnio que dice en dicho parentelis. 665 Queno haya entendido 3 Marco Antons Macerata , y lu regla, (al qual folo alego yo para ella) parece le infiere, de que el dicho Autor habla alli en orden a los Tribunales , y fuero externo ; para lo miímo alego yó la dicha regla donde me a a bo. 242 E apoye , tsindefenfable, e infubíilten- te: Nam legem non allegams, audiendus non ef, gómo tiene Marc. Anton. Macer.. Variar. refol. lies. As refol. 17. mum. 10. Y conlta , ex leg. He lam, Cod. de Collat. Authens. de Trient. O femif. XXIL. de Prabend. ( El Padre Torrecilia,ci- E LIO A o e y A o ' A A a go. O rEaN ÉS a o . E ¡ ir 4 ESO hi 1 138 ki A mob E el : ' Y hi 1: Ed) ve 14M M y Es | | 163 qe R > Ex > o E ls mirta —d Ji Jou de , collat, 3. Extravag. execrabil. Juan o enel numero autecedentes, alega para lu con» Sulra elta regla, numero 21. y trac para fu apoyo "dichas citas , y la referida Extravagante; mas n1 “una pálabra que fe hallará , que aun indirecto la toque el Papa, ni la matcria lo pide , 4£ 2 viden- Si patebit ) Sed fic ef, queen el allerco de lu nue- va interpretacion , Do alega mas fundamentos , ni razon , que la Decretal; Quia per ambitrofam, (que como hemos vilto., efta en fu contra ) y al Padre Concepcion , que ex diametro dilcurre opuelto a Su diét.men , como hemos demolirado : luego no hay fundamento de razon , vi autoridad , que lo apoye. Afsi dla letra dicho Padre Olmo en dichos lugares. Alo qual refpondi yo enmi Apologetico, d pagina 100. 4 numero 280, ad 290. lo fi- guiente, RESPUESTA 1. Y IL 6612 Efpondo lo primero , que la menor es faliísima , nempé, que no ale- gue yo mas fundamentos para mi aflerto que la Decreral: Quia per ambitiofam , pues alego el cap. Sigratiosé , y alli la Glolla , verb. Perpetuo, y que en ela doétrina convenian los DD. exponiendo el dicho texto : veafe lo dicho arriba, d num. 87. ad 91. ápag. 75» (lo qual queda cranícripto arriba en ela fecc.3. d num.85.ad 89.) y a donde alli me re- fiero , y fe hallará , que lo pruebo abundanrtifsi- mamente de otros muchos modos , y podrá in- ferirfe de ai , que confequencia podrá falir en buena Logica , de una menor tan falla, 663 Keípondo lo fegundo, que tambien es falíifsimo , que la Decreral : Quía per ambitio/am, elté contra mi, y que el Padre Concepcion difcur- ra ex diametro, (Ímmó,ni en manera alguna)opuet- to á mi didtamen , antes bien , de lo que difcurre dicho Padre Concepcion, fe inficre bien mi fentir, á cerca de lo qual fe vea lo dicho arriba , 4 num, 82.44 35. 4pag. 74. (Elto no queda tranícripto aqui , por lo que dixe en ella leccion, n4m.79.80. y 81.) yen otras muchas partes > y de ai le podrá tambien inferir lo baftardo, y falío de la conte- quencia del dicho Padre. RESPUESTA TERCERA. 664 ER Fondo lo tercero, en quanto al parentelis de dicho numero , que el Padre Olmo, Ono ha entendido á¿ Marco An- tonio Macerara , Niel fentido en que nos dice , y nos dá aqueila regla; Legem nou allegans audien- aus non eff ¿0 mo ha entendido la Eltravagante: Execrabilis de Juan XXIL ó nilo uno, nilo otro cita dicho PadreOlmo,pues era á cerca de un pley. to que entonces fe litigaba en la Curia Eclefiallica del Ordinario. Y el Padre Olmo entiende do dicho: de los afíertos para el fuero de la conciencia , qual es el que venrilamos de fadto , para el qual feria ri. dicula la tal regla de Macerata : Legem non alles gans , audiendus non ef , como €s manifielto de fu yo, alias los peré Theologos Moraliflas , que dán reglas para el fuero de la conciencia, fin alegar le alguna , ni Canonica , ni Civil, no deberán fer ola dos : y lo milmo digo de todos los demas Theo» logos , en las queftiones , en que no alegan ley : lo qual ya le ve quan ridicula inteligencia feria : lne= go fiendo nucítra difpura , que de prelente coma trovertimos , para folo el fuero de la conciencia, aunque yo no alegalle ley alguna para ella,no ven. dria bien contra mi la Regla del dicho Macerata, ni de ella fe podria facar confequencia ad bominem contra mi, para el cafo que ventilamos, 666 Y que tampoco haya entendido el Padre Olmo la Extravagante : Execrabilis de Juan AML de Prabendis , le infiere de lo miílmo que dicho Olmo dice: paralo qual fvpongo , que por nom. bre de ley ,en la regla que nosda Macerata, quan. do dice , que Legem non allegans , non efi audien. dus , le entiende, no folo la ley Comun, (Canoni. ca, 9 Civil ) fino tambien las Municipales, los Bl= tatutos, y la Collumbre , fegun el Cardenal Tus cho , lit. E. concl.3 3 1.04m.2. 0 3. Porque el qué alega qualquiéra de ellas cofas en los Tribunales Forenfes , fiendo conducentes a lo que le litiga, debe fer oido , y le le oye en ellos , como c$ conftante. ; 667 Imimó , por nombre de ley para dicho in4 tento , fe entienden tambien las Efcrituras autene ticas ; ello es : Littera figillo antbentico figillates ex cap. Us circa, de Eleciion. im 6. cap. Si ca. nonici de Offic, Ordinar. eod. lib. 6. capit. Le= gatum 2. quef. 1. y de otros muchos textos del Derecho Civil , queomito : Zmmód, deba”o de dicho nombre , fe deben tambien entender los reltigos fidedignos ; ( falvo fi lo contrario cont- tafle expreffzmente por fuerza de alguna Conts titucion , en algun particular Calo ) y la razon csy porque tambien eltos fe admiten , y fon oidos ea dichos Tribunales , para probar los contratos, los delitos, evitar alguna pena, y lemejantes caus las: Jmmóo, la prueba que fe bace por tefligosy tiene la miíma fuerza , que la que le hace por infe trumentos, ex leg. In Exercendis , Cod. de Pide infirum, leg. Paézum, de paét. ( aunque padece fa- lencia en los cafos que alli le anotan) O" qx c9P» Cum foannes, de Fide inftr. Y la comun de Does tores, y asilos tales deben fer oidos, Y le les oyes | (quan» ,

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