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Numero 63. 243 RESPUESTA SEGUNDA. Efpondo lo fegundo + Que es falGi(- fimo , que fean pocos los Áuto- res que afirman, que les fufrago la Bula de la Crue zada ¿los Regulares » para el efecto de la abfola- cion de los refervados, muerto Clemente VIII. pues pafían , y cOn muchos, de ferenta los que di- cen lo dicho , citados en dicho mi Apologrrico,d p43.3.4 num. 1. 34 20. lin Otros muchos , que fe cican de puevo en títa Apología , como el Padre Fr. Manuel de Filguera , y ocros que cita Sylveifa, y el miímo la tiene por muy probable , citado en elta Seccion, 4num.172. 4d 176. 575 Y macho uras que falGísimo(h cabe mas) lo que V. P. le arriboye al dodifsimo Padre Car- denas ,nempe , el decir, que los dichos fon pocos, como fe lo atribuye en el num,67, ibi : Debo decir con el doctifsimo Padre Cardenas y num. 199. Q* 192. que los pocos Autores de efte fentir, Oc. Sien- do aísi, que folo dice, que laboran en equivoco los Autores de la opolita fentencia, lin decir alli, G lon pocos , O muchos : y liendo aísi, que quan= do habla delos Autores de la opofita fentencia, en el num. 180. dice, que el Padre Moya, con la diligencia que acoltumbra , cita plurimos , que la llevaron antes de la Bula de Utbano VII. y que delpues de efta refiere otros diez y ocho Autores, que alli nombra. (los quales lon graviísimos, y doctiísimos ) Aora , pues, mi Padre Oimo > le pa- recen pocos aquellos plurimos , que Cita im ge- meró, ex P, Moya, y aquellos diez y ocho , que elpecifica de el miímo ? Y fi los dichos no fon, ni fe pueden decir pocos , como ala verdad no fe pueden con razon decir pocos los tales, cómo V. P. nos dice : Debo decir con el doctifsimo Car- denas , que los pocos Ausores, e? Como £ De la miíma manera que V.P. fucle decirnos otras muchas coÍas. 574 | y RESPUESTA TERCERA. Efpondo lo tercero: Que tambien es falíísimo, el que los Autores que afirman , que en la clavfula general de la Bula, fe concede á los Regulares facultad para la abíolu- cion de los refervados, aperto marte , le oponen a las declaraciones Pontificias : y mucho mas falío (ficabe mas ) el decir , que ello coníta de las die chas Conftituciones ; lo qual V.P. nunca ha proba- do, nipodráprobar jamas , ( aunque le defgañite en intentarlo , y aunque viva docientos años ) y lo contrario le dexo yo probado a V. P. de lo tex- tual de las mifimas Bulas declaratorias , donde me remito arriba , en el nam.597. y €n gíta Seco. 3. 4 num.161. 44 165. 577 Immd,ennueltro Apologetico , 4 pag. ss a num, 1. 4d 15. le prueba abundancifsimamente de la miíma Bula, y de otros principios , y de doétriva de V.P, miímo , queen la dicha clan, Part, VI. 576 fula general , efán tambien comprehendidos log Regulares para el dicho efecto: y delde el num. 124 haíta el 32.4 pag. 7.ad 10. fe refucamlas cefpuel. tas contra lo dicho : y de nada de elto le da V.P, por entendido , con haverlo vilto : contentandofe con fus abíolutas acoftumbradas , ¿id ef, con de. cir , finprobar , que aperto marte , los tales Au» tores fe oponen a dichas Pontificias declaraciones; enfeñandonos V.P, mifmo , que non fufficit dice- re , fedopportet probare ,como escierto 5 porque del decir , y no probar , ni hacen cafo los Dere- chos,ni los DD, Certifsimo es , Padre mio , que fe ha de dár mas fe a los Pontifices , que á todos los Doúores jantos. ( Immó , en havicodo Ley, 0 Ca- non Pontificio , cefla la autoridad delos Santos Padres , cafo que fean opueltos , ex-cap. 1. con lo que alliíe nora, 20.di4,) Pero yo no doy mas fe al Padre Olmo , que a los Autores de la tercera fentencia. RESPUESTA 1V, V. Y VI. 578 Efpondo lo quarto: Que tambien es falísimo , que los Pontifices hayan declarado, que la ablolucion de los relerva= dos , dadaá los Regulares, en virtud de la Cru- zada, es, fue , yferainvalida: y ino , mueltrenos el P.Olmo donde han declarado cfio , porque en lus Conftituciones no hay tales clauíulas ? Y ino, veamoslas? $79 Padre mio carifsimo , en las tales Conf. tituciones, por una parte, nunca le habla de futa- roy lino de preterito, y prefente y como es cierto : y cambien es cierto, que no le halla en ellas, claulu- la alguna , que diga , que las tales confefsiones de los Regulares, fueron invalidas , por lo dicho con- tra Lombier,en mi Tomo de las Propoficion. con. denadas, con/.6. d pag 138.4n.171.c/pecialmente 4.173. 4d 177. y en ete prelente Tomo, /ec. 2. 4 num.765.44 773+ donde le puede ver. 580 Y enorden a lo que dice el Padre OL. mo, tocante al fuplir los Sumos Ponrifices la falca de jarifdiccion , para la validacion del Sa- cramento, $81 Relpondo loguinto: Que lo que dicen los Autores de la dicha tercera fentencia ,es: Que todas las veces , que en materia de Sacramentos ( y lo mifaro es en materia de cenfuras, y lemejan- tes) feadminiltra alguno con opinion probable, ácerca de la juriídiccion , que pende de la volun- tad, y difpoficion Pontificia , es villo , y jultamen. te le prelume, que fu Santidad tiene voluntad, e intencion de foplir en ellas la jurifdiccion, valor, y eficacia neceflaria, li acalo a parte rei les faltalíc: Pero efto , quien lo negara , ino un Padre Olmo? Veafe lo que diximos a cerca de ello , en nueltro Apologerico 4. 4 pag. 238. Anum. 90. ad 117. y á pag.227.4 num. t.ad 39.y enelta prelente Apo- logia,/té?. 2. 4n4m.832. 4d 900. todo contra el Padre Olmo. XxX 2 Pro.
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