BCCMAS0001-15-E-1400000000000
132 Seccion 3.2 cerca del Articulo 32 : cedio con dicha donfulra tercera , y el Tomo de Obifpos , donde llevo como doétrina lo opuelto álo que confultado dixe , arreglandome-a la exi gencia del que me confulraba , pues el dicho To- mo de las Propoficiones condenadas , le imprimio muchos años antes , que, el Tomo de los Obiipos, ¡icon que lo que dice el P. Olmo , no viene bien al y gópunto de lu reparo, ui de fe confiat. E. ¿2% 486 P.mio, cl Carhedratico que fube ¿la Ca- h e, adefender fu doátrina ¿no puede refponder contra lo que aliundé conta fer doÉtrina [uy a,por- que no le redarguyan con elta , puesefta obligado RESPUESTA SEGUNDA, Lo que dice el P. Olmo en el tercer apartado : Que me niega el que dicba confulta 3.me la propujieron : Reípondo , que no eltraño en el P. Olmo , que niegue haverítme cons íulrado, lo que yo afirmo que le me confultó,por. que fi no da credito á lo que no le efta a cuento, dí. galo quien lo dixere , no havia yo de prefumir de mi,havia de fer excepcion de la dicha regla, nimas privilegiado con dicho P. que otros muchos,quan. 490 "fui adefender lo que tiene eferiro,y que confta de ello; (lalvo fi fuefle ex fuper abundantia,y haviendo pri- mero reípondido , fegan lo que tiene «Ícrito , co- mo todo elloes manifielto , y practicado muchas veces por los Cathedratigos en la Cathedra ) pero po tiene que ver con lo que yo dixe, y fupule, co- mo aun el menos inteligente conocerá. 487 A qúe añado, que lo que dixe del Cathe- draticoen el primer parentelis omitido por el Ps Olmo, aun no corre en todo parejas, con lo que dixe en el fegundo parentelis, omicido tambien por dicho Padre , 4 cerca del que relponde a con- íulras , y lo miímo digo a cerca del Confellor. 438 Porque el que refponde á¿coníultas, pue- de feguir en dar confejo al que fele pide , la opi- nión mas benigna , aunque fea menos probable, y menos fegura que la propria;x(y aunque ali3s conf- te,qne tiene elcrica, y eftampada efta ) y aísi puede aconfejar,(egun opinion probable,aunque fea age- na, quando al que pide confejo le exime de alguna obligacion, O efcrupulo : y fi le obliga alguna car- ga, debe aconfejarle aquello, que pueda hacer mas facilmente , y con menos peligro , por lo dicho en mi Tómo primero de la Suma, pag. 87. de la fegun- da imprefsion, queft. 7. por todo el, vide infra NUM. 500. 1489 Y lo miímo, y aun con mas aprieto, pal- la relpeóto del Confeflor , porque ete debe abíol. ver áqualquier penitente covtrala propria opi- pion , fi el tal penitente quiere obrar fegun otra probable opinion, y ea obligado en conciencia á abíolverle,porlo dicho en dicho Tomo 1.de la Sa- ma,d pag.86. enlos quefitos 5. y 6. donde le puede ver ;lo qual no paíla afsi en el Cathedratico , fi- no en las circunflancias , y modo , tranícripto arriba. De donde fe conoce , el poco fufte del re- paro del Padre Olmo, y que el haver omitido re- perir aqui en elle num.:6 4. lo referido en los di- chos dos parenteñis ,lo qual conducia mucho pa- raconocer la fuerza del reparo de dicho Pa- dre, no fue acafo , lino 4 confilio. do no llevan, ni dicen lo que fu Paternidad quilis. ra dixeflen: y (i no vamos viendo algunos. 491 Afirmando el Reverendo Pádre Fray Leandro del Santiísimo Sacramento , (dignifsimo undequaque de todo credito) que el Dultritsimo (e. ñor Araujo le havia dicho, que el Comiflario de la Cruzada , en nombre de la Mageltad de Felipe 1V, havia (uplicado de la Conftitucion Urbana al mif. Urbano VI. El R.P. Olmo , en fu Tratado Mo= ral, pag. 191.fub num, 50. dice dá cerca de: la di= cha depoficion lo figuiente : Pues cómo quieren des mos entera fe en un punto tar grave al P. Leandro, fiendo el unico deponente , y de vidas , que es otra circunflancia ¿ Mireo que bueno ! Y hablando con rebozo mas cortefano de la mifma depoficion de dicho Leandro,pag 197. n.54.dice: Que fue Jin de da equivocacion , y no buena inteligencia del infora me. Tan bueno eselto , como aquello. A cerca de lo qual le vea nueltro Apologetico , d pag.$5. 4 num. 218. y 219. y guientes , y d pag. 294 4 num. 27. ad 36. 492 Item, afirmando el P. Fr. Martin de San Jofeph , que los Breves de Clemente , y Urbano VIE no prohiben alos Religiofos,y Religiotasel ufo de la Cruzada , en orden a los pecados mortás les mo refervados; y diciendo ,que afsí lo han en. tendido todas las Religionts: Y que lo declaró afá el R.D. Fr, Antonio de Trexo, fiendo Vicario Ge» ral de la Orden,en una Patente que embió por toda ella,y que lo comunico con hombres muy doétos. El R.P. Olmo, pag.218. num. 21. de [4 Tratado Mo- ral ,porquelo dicho nole ella á cuento, dice lo que fe figue, Pero (Salva parece ) debo decir , que fi bien venero mucho al P.S. Jofeph, era necella- rio autentico teftimonio del hecho , y la Patente: Afsi dicho P. Olmo. Miren qué linda cola! A cer- ca de lo qual fe vea nueítro Apologttico,4 pogin. 323.N4mM.4. 5. y Ón ' e 493 Item, porque Enriquez Aguítiniano , y Eufebio de Herrera, (con otros muchos que yo ci. to ) dicen, que las Conftituciones de Clemente VII Paulo V. y Urbano VUL. no eftan en Efpaña recibidas enulo. ElR.P. Olmo, en la pag, 82. n. 5. de fu Tratado Moral, dice lo que fe figue:Co» Jas tales deben probarfe con algun inflrumento, que baga fe , alias fon muy voluntarias, y de ningu pe» Jo. Miren que linda cota! A cerca de lo qual le vea nuellro Apológetico , 4 pag. 116.4 Mu 5-44 24- 0mico OtLOS , y pailo a decis. » E
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz