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ed E E £- 2% ps 0 Ñ $ UN al 1 2... 216 Seccion 3.4 cerca del Articulo 3: fe ; nec ullo modo fuffragari pormifJe , hablo como fupremo Legislador, como lo ininúan (dice eldi- cho Remigio qili) las claufulas fubfequentes: De- claramas Bullam Cruciate, non babere Joe nec ulfragari: y por cooliguicnte , que €n lo demas e gro y UL como Pontífice , y Cabeza de la Iglefña, quitando fu jurildiccion para que no les aproveche la Bula de Ja Cruzada a los Religiofos quela toman , para elegir Confeílor en virtud de ella , que les abfuelva de los refervados. : go Solo en aquellas dos clauíulas: Locum wt- nime babuifje , nec fuffragari potuifJe , dice que no hablo. como Legislador, ni comoPontifice, O Ca- beza de la lgleña difiniendo , fino como. Doétor; "porque en ellas no dió leyes , que fe huvic/len, de obfervar, ni quito jorifdiccion en orden a¿lascon- felsiones, que fe havianhecho mas de treinta años antes , lino folamenre dio en ellas fentencia decla- rativa de nulidad ,:4 cerca de las cofas ya hechas, y cuyo valor , o nulidad, no pendio, ni pudo pen- der de Urbano VÍÍL. que no era Pontifice enton- ces, nife labia quelo huviefle de ler , y queantes que el lo fuefíe mediaron otros tres Pontifices en- tre Clemente VII, y Urbano VIIL como fe dixo arriba en muchas partes» Veaníe los numeros 131. Anumero 136. 4d 139. NUM. 141. Y ¿RUMer.143. ad 146. Con que de mi doétrina , que alega el P. Olmo , no puede falir confequencia , que fea legi- tima ¿ ni pruebe cola contra la. refpueñta del P.Re-' miyio. Effo ¿la letra a la fobredicha infancia , y al fobredicho numero del P.M,Olmo.V eamos,pues, aora, que es lo que infta aqui contra lo dicho , en los numeros que fe figuena Y b Numero 49. 331. Profiguiendo el R. P. Olmo , en el num, 49. pag: 60. hablando de la fobredicha inftancia, dice afsi : Elte argumento (que dicen ad hominem) proponía yo al R.P. Torrecilla , fin tomar en la pluma al P.Remigio; antes bien, tofo connata,maz nifelte, havia cancelado de fu Suma la propoficion, que yo impugnaba , como [e puede ver arriba, paz. 31. mum.5o. recayendo mis objecionzuelas contra el R.P.Torrecilla, como unico Aflertor del tal diétamen. Supuefta efta verdad , que hizo dicho Padre? Paíía a refponder á mi argumento, pag.46. . Onum, 147. y dice aísi: Profígue el P.Olmo, contra el P.Remigio, y en la paz.3 1. num. 9. dic lo que fe figae: (y pone el argumento) Padre cariísimo , el miímo argumento da ¿entender , es direótamente contra fu doétrina, y contra st, Pues para que (ir= ve elte cfugio ,' y tergiverfacion? Veamosio mas Claro. Afsi dicho Reverendo Padre Olmo 4 laletra en dicho numero 49. RESPUESTA PRIMERA, 332 Res lo'1. Que aunque el P, Ol- A moen dicho numero no toma en la pluma al P.Kemigio, ya fiempre, delde'el ma», Se bafael 12.4 pag.29.44 34. tnla fala fupoficion; de que Remigio no dio sa tal Refoueita, nj aun la infinúa,fino que dice fue excogirada por mi en ca- beza del P.Remigio,pot hallarme precifado ¿ dar. la, para reflponder con clla a la objecion quinta: (y aunque todo ello cs tambien falío) pOr.eflo, pues, me hizo la dicha infancia ad hominem, (y, lo mifmo es de todas las objecionzuclas) ( afsilas lama , y bien, dicho R. Olmo) que hay defde el dicho pum. 5.baffa el 12. 333 Aora,pues, mi Padre cariísimo: fi lata] inftancia es contra la rofpuelta,de que UrbanoV 11K, en dichas dos claufulas , no babló como Pontifice, di. Jfiniendo ,fíno como Doétor : y clta relpuelta no la di yo,(vinunca la be dado) Gino el P. Remigio:Jue go aunque V,P. diga, que la tal inltancia es contra mi, no lo ferá en la realidad, fino contra Remigio, que es quien la dio: Elto es tan manificlto de fuyo, que eftraño mucho , que un Leétor General haya tropezado en ello. 334 Y fino, pregunto ¿2 V.P.R.La tal inftana cia, 0.el ral argumento, no es dircótamente contra la dicha refpuelta, como confta de el mifmo? Lue. go ferá diredtamente contra quien la dió: (quico dudará ello?) Sed fir ef?) que quien la dio fue Res migio , en fu Suma de a folio, imprella en Madrid el año de 1653. en el £ra?.s.cap.5.d pag.286. y no yO , que nunca la he dado, aunque V.P.R, por has cerme ella merced como otras , diga; Pero ala verdad , mi el P.Remigio dice tal, ni lo infinita, co. mo confía del Tomo que cita,impre Jo año de 1672 imprelsion 13../no que viendo e/ie Autor fe halla. ba precifado a refponder al tal argumento , EXcogi t0 efa cuafion en cabeza del P. Remigio:crgo,8c, 335. Y aísi, mi cariísimo Padre , aunque V.P, diga , que el tal/argumento es contra mi, por la falía fupolicion en que vá, en la realidad es contra la tal refpuefta : (4 la qual le ordena, y contra la qual procede )luego ferá contra quien la dio; ergo , áIC. RESPUESTA SEGUNDA. 336 R vo lo 2. Que és falGfsimo, - que V.P.R. en lu Tratado! Moral, no digo maniteltafle ; (que ello es cofa de rifa) pera ni iofinuafle , que dicho Remigio. havia cancela- do de fu Suma la tal propoficion, queimpugna- ba: y (ino, mueítrenos Y. Paternidad á dond:? Citenos la pagina , y numero , de lu dicho Tra- tado , en que tal diga? que nO hará , porque es totalmente falío. 337 Mas: Que V.P.R.€n dicho ».s. pag. 294 no le contenta con decir:Pero 4 la verdad mi el Pa Remigio dice tal, mi aun lo infinza; lino que añade lo que fe iguescomo confta del Tomo que cita,(/4 e(P, Torrecilla) imprello año de 1672. imprefó 134 añadiendo otro nuevo defecto de legalidad.Pofque pregunto - Donde cito yo el cal Tomo, ¡imprello año de 1672. tmprefsion 13. mueftrenos V.P. en mis Obras tal cita? Y fi no puede moftrarlo,, coma >
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