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hogar y su tierra para entregarse a la vida alegre y libre de las grandes urbes. * * * Antes de pasar adelante, he de advertir a mis lectores no, confundan la "trata de indias" o "venta de chinas" para goce transitorio o para envilecerlas en lugares infames, con la com– pra-venta de guajiras para el matrimonio, que s,on cosas muy distintas. Aquélla la reprobamos en otro lugar y de ésta nos . ocuparemos aquí. Deseamos saber si la compra que hace el guajiro de su . mujer, para casarse legítimamente con ella y vivir insepara– blemente unidos durante toda la vida, es en sí o en sus cir– cunstancias un acto inm01·al, o al contrario es una ley sabia– mente establecida para fines honestos, que nada t iene de vi– tuperable. Para resolver esta cuestión, dejaré la voz a un ve-– terano y experimentado Misionero Capuchino de la Guajira Colombiana (1), cuyas palabras serán un reguero de luz y una revelación para los espírit us superficiales que censuran, sin estudiar a fondo, cualquier costumbre, ley o tradición in– dígena. "Algunos civilizados, dice, creen erradamente que en la Guajira cualquier individuo consigue mujer por unas pocas vacas (algo más de lo que cuest a una negra abisinia), pero se equivocan; pues si en la Abisinia se adquier e una mujer por unos cuantos dólares, unas veces para el servicio de casa y otras para placer transitorio, más o menos como quien arrienda una mula de carga, es más largo el alcance que el guajiro da a la compra de su compañera para el matrimonio; y, en la práctica, encierra en sí tal cobro conyugal una pro– funda sabiduría, un freno que parece fuera inspirado por el mismo Diós para moralidád de este pueblo. (1) P . José d e Barnnquilla, "Así ~s la Gua,jira", Cap . III, p ágs.. 124 - 127. - 77 -
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