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El Capítulo General de 1756 recomendaba la meditación de la Pasión y el ejercicio del Vía Crucis para todos (4). Pío VI, el día 17 de mayo de 1783, concedió a los Pasionistas el privilegio de erigir Estacio– nes en los oratorios internos de su Congrega– ción y de sus monjas. Hombres y mujeres que allí hicieran ejercicios espirituales podían visi– tar las Estaciones y lucrar las indulgencias. Bajo el pontificado de Gregario XVI (1831- 1846) continuó progresando y limitándose a las. tradicionales 14 estaciones. Pío IX, por el Breve Exponendum del 11 de agosto de 1863, concedió facultades a los nue– vos Presidentes de conventos, a los Vicarios, ausente el Guardián. El mismo Pontífice otor– gó vivae vocis oraculo al Ministro General pro tempore existente el privilegio de poder comu– nicar o delegar sus facultades a sacerdotes re– gulares o seculares, con la condición de no· usarlas en Roma o donde existiere convento de Religiosos Menores. En 1867, el Papa conce– dió a los Religiosos exclaustrados por el Go– bierno italiano que puedieran erigir las Estacio– nes en un lugar decente de la casa donde habi– taban. Esta misma gracia se concedió, por dos años, a los Padres Capuchinos por rescripto del 14 de febrero de 1867 (5). (4) ChronoloQia lzi,torico-lee-alis Seraphici 01'dinis, vol.. IV. Romae, 1795. oág. 258. (5) Bulla1'ittm Cap., t. X, pág. 532. - 89 -
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