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§ VI.--Cambios de las estaciones Pueden ocurrir casos en los cuales se cam– bien las estaciones (en todo o en parte) por muchos motivos. En las mutaciones hay que observar estas normas: Se requiere nueva erección: 1. Si perecen o se quitan todas o la mitad <le las cruces, ya sea simultánea, ya sucesiva– mente. 2. Si las cruces se cambian de una iglesia a otra, de un oratorio a otro, de un lugar a otro distinto. 3. Si en un oratorio privado las cruces se cambian a una habitación distinta y separada, aunque sea en la misma casa; de un piso a otro. En estos casos, el sacerdote que erigió las .antiguas no puede erigir también las nuevas sin nueva deputación. No se requiere nueva erección: 1. Si se quitan todas o algunas de las cru– ces por breve tiempo y luego se vuelven a co– locar en el mismo sitio. Quitadas y llevadas -fuera del lugar las cruces, por breve tiempo, durante ese período no se ganan las indulgen– cias; v. gr., para arreglar las paredes, blanquear– las, etc. 2. Si las cruces se sustituyen, cambian, si- - 116 -
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