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- 140 - judiciales; por medio de la defensa de sus derechos y por el mantenimiento del orden y de las leyes..... El Superior magnáni.110 y clemente consi;,sue eso con mayor fortuna que el demasiado rígiJo. La magnanimidad y clemencia no debe ser ad destruccionem, sino que debe ser ad pe,jectionem et solatium... No se es sumamente justo, por ser excesivo en la severidad, como tampoco se es sumo misericordio– so porque perdone toda penalidad. (I) En todas las determinaciones deben darse ósculo de paz la jus– ticia y la misericordia. « Univers~ vi& domini mise– ricordia et veritas... Justitia et pax osculat& sunt. » En este consorcio y maridage que reclama sumo tacto y cumplida prudencia estü el secreto del gobierno ideal. Magnanimidad equivale a grandeza de ánimo que debe reflejarse en juzgar, en perdonar, en pre– miar, en socorrer, en decidir, en emprender y en todo lo que dice relación con el ejercicio del go– bernante... Quien posee esta condición tiene la verclade1a magnetotecnia espiritual... produce en de1Icdor suyo un fluído de magnetismo suge:itivo y de ascendiente poderosísimo. No es tan viva la influencia en la tierra sobre .las agu_\as imantadas, ni es tan eficaz la acción atrac– tiva de la misma piedra imán, como el efecto que (!J Non dicitur summe justus per excessum severitatis, nec summe misericors per omnimodam remissionem culpre, sed quia miseretur tantum quantum est conveniens et similiter taníum punit -S. Buen. 4. Dist. 46. a 2.

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