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- I3I - contraídas ; o no les entrega para su examen todos los documentos referentes a la economía y hienes tempo– rales, sea amonestado y castigado por el inmediato Su– perior mayor según la gravedad de la cuípa_; si no se enmendare después de la segunda amonestaci6n, cas– tíguesele con las penas señaladas en nuestras Consti– tuciones contra los propietarios. 194. Tengamos todos en cuenta que estas faculta– des son verdaderas dispensas y, por consiguiente, re– lajaciones de la Regla que no pueden durar más tiem– po que el que duran las circunstancias que tales fa– cultades hicieron necesarias. RESUMEN Por lo anteriormente dicho vemos que este capítulo contiene dos preceptos : r. 0 , que los frailes de ningún modo reciban dineros o pecunia por sí o por interpues– ta persona ; 2. 0 , que los Ministros y los Custodios ten– gan solícito cuidado de los enfermos y de vestir a los frailes, por medio de los amigos espirituales.
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