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dades que el Poder Ejecutivo ponga a su disposición, confor– me a lo que establece el artículo 7° de este Reglamento. TITULO 111.-De los Vicedirectores .......................................... Art. 31.-Cumplirán en la parte . . . . . . . . y tomarán por sí todos los medios urgentes que fomento de las misiones . . . . . . . . . . . . . . . . y a los hábitos sociales con suavidad y dulzura. demande el TITULO IV.-De los jefes de circuito y doctrineros Art. 41.-Son deberes de los jefes de circuito, ya sean ca– pitanes pobladores, ya sean misioneros: .......................................... 6 9 .-Residir constantemente en el circuito. Cuando ha– yan de separarse por algunos días necesitan obtener licencia del vicedirector con causa justificada y en defecto de éste, del director general. TITULO V.-Deberes de los misioneros Art. 43.- .... 3~.-Enseñar la lengua castellana y la doctrina cristiana a los neófitos. 4 9 .-(Es el tercero del Decreto anterior; siguiendo los restantes apartados en igual orden pero retrasados un lugar en la numeración). TITULO VI.-De las facultades de los funcionarios de reduc– ción en los negocios civiles y criminales de los indígenas Art. 47.-El que no se conformare con la decisión que diere un doctrinero, puede ocurrir dentro de sesenta días al -85-
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