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Continente, me ordena decir a usted que proceda a hacer a– brir sin tardanza ni atenuación alguna la averiguación del ca– so ante los Tribunales competentes y a hacer poner a la dis– posición de estos a los sospechosos de tal delito y sus cómpli– ces. Dispone, ademús, el ciudadano Presidente que haga us– ted devolver a su condición natural y legal de hombre libre a todo goajiro víctima del infame comercio y residente en el Zulia. Si entre ellos hubiere hombres, mujeres o niiios de nacionalidad extranjera, los hará usted repartir con la de– bida consideración por cuenta del Gobierno Nacional, a re– serva de la reclamación correspondiente contra los respecti– vos culpables. Dios y Federación. - C. Zumeta. (Memoria de Relaciones Interiores. - pág. 363 - 364. - Año 1913). TEXTO N 9 84 ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA. - Ministerio de Relaciones Interiores. - Dirección Administrativa. - Cara– cas, 27 de mayo de 1912. - Telegrama. Ciudadano Presidente del Zulia ...... Maraeaibo. Informado el Gobierno Nacional, de que hay goajiros de los comprendidos en los términos del telegrama dirigido a usted con fecha 27 de mayo último, en las fincas de los ha– cendados Antonio María Montiel, Leopoldo l\Iontiel, Jorge Bello, Onésimo Rincón, Heriberto Bravo, Enrique Paria Ca– nadá, Luis Pérez Valderrama y hacienda Banco, dispone el ciudadano Presidente de los Estados Unidos de Venezuela que proceda usted a hacer que los goajiros empleados en esas fincas reciban el jornal que como a hombres libres les co– rresponda, e informe a este Despacho del modo de ese jor– nal y de la efectividad del pago. Ordena, además, muy en especial el ciudadano Presidente que vele usted por el cum– plimiento riguroso de la más estricta supresión de la trata; - 265 -

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