BCCCAP00000000000000000000516
TEXTO Nº 25 DECHETO DEL W DE l\IAYO DE 18°15 mandando construir una trinchera en la parroquia ele Sinamaica. El Senado y Cámara de Hepresentantes de la República de Venezuela reunidos en Congreso: con el objeto de preser– var a !a provincia de l\Iaracaibo y con especialidad a la pa– rroquia de Sinamaica de las frecuentes incursiones de los in– dios goajiros, decreta: Art. l'!-Se lenmtarú una trinchera desde el mar hasta el Eneal en el sitio de las Guardias de afuera, o bien en Pa– rauj a, si fuere mús conveniente a juicio del Poder Ejecu– tivo, quien designarú la extensión y límites de la trinchera, de manera que preserve el territorio que haya de resguardar de toda invasión formal. Art. 2°-La trinchera se construirá de palo a pique, se– mejante a la que existía antes en las Guardias y estar:1 inter– ceptada por cuatro fortines, tamhit'.·n de madera, que conten– drán pequeüas barracas para abrigo de la tropa, dispues– tas según fuere mús conveniente. Art. :1''-El Poder Ejecutivo queda tambión autorizado para mejorar la protección de la provincia de l\Iaracaiho con– tra las incursiones de los goajiros, con casas fuertes, for– tines u otros medios, según las circunstancias lo exijan y el erario público lo permita. Dndo en Caracas, a 27 de mayo de 18°15, 16 9 y 359 El Presidente del Senado, Edllardo A. Hurtado. - El Pre– sidente de la Cúmara de Representantes, Miguel G. Maya.– El Secretario del Senado, José A.ngl1! Freire. - El Secretario de la Cámara de Representantes, Jllan Antonio Pérez. Caracas, mayo 29 de 1845; 16 9 y 35 9 - Ejecútese. - Carlos Sollblette. Por S. E., el Secretario de G" y 1\1'\ Francisco Hernaiz. -110-
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz