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4 9 .--Dirigir a los indígenas en sus trabajos y en la cons– trucción de sus habitaciones. 5 9 .-lntervenir en sus contratos para evitar que sean en– gañados. 6'!.-Representar a los indígenas en los tribunales cuando tengan que intentar acciones contra los que no sean, fuera de circuito , sin perjuicio de que los mismos indígenas represen– ten por sí o por apoderado cuando les convenga. 7 9 .-Hesidir constantemente en el circuito. Cuando hayan de separarse por algunos días necesitan obtener licencia del Director con causa justificada. 8 9 .-Propender por cuantos medios suaves estén a su al– alcance a conservar los indígenas de su domicilio. 9 9 .--Atraer a poblado las tribus errantes. 10 9 .-Ejercer las funciones que se enunciarán en el tí– tulo IV. 11'!.-Enseñar a los indígenas la lengua castellana y la doctrina cristiana. Art. 2°1.-Son además deberes de los misioneros: 1'-'.-Ejercer las funciones de su ministerio eclesiástico con dependencia del Ordinario y conforme a las sinodales del obispado, pero sin exigir derechos. 2'!.-Ejercer con celo apostólico sus funciones especiales de misioneros en la conversión de los indios infieles. 3 9 .-Enseñar a leer, escribir y contar hasta el número de veinticinco niños indígenas, a la vez procurando emplear el método de enseñanza mutua, a fin de aumentar en lo sucesi– vo el número de discípulos. 4'!.-Simplificar en lo posible las prácticas de devoción e inspirar a los indígenas una piedad ilustrada sin mezcla de superstición. · 59.-Predicar constantemente las ventajas del trabajo y de la vida social. 6°.-Inspirarles el respeto y subordinación que deben al Gobierno nacional y a las autoridades constituídas, hacién– doles conocer la protección y cuidado especial que se les con– sagra; y tan pronto como sean capaces de entenderlos los ins- -101 --
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