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MISION DE LOS PP. RECOLETOS.—CAPITULO II 223 Además, habían regresado diez a España enfermos, y de los veintiún sacerdotes que había para esta fecha, dice el P. Ruiz Blanco (1), que se volvieron ocho más a los conventos de Es- paña. Fueron estos los PP. Naldonado, Torres, Alvarez, Ra- inos, López, Guerrero; Ocón y Diego Rivas, por segunda vez. Por este tiempo despachó el P. Comisario general paten- te sobre algunas cosas tocantes al gobierno de las Misiones, y nombró Comisario de las conversiones al P. Francisco Apa- ricio, ordenándole que él y sus sucesores tuvieran la misma autoridad que los Comisarios provinciales en sus pJvincias, reservándose su Rvma. la facultad (le confirmación (le dicho Comisario, derogando la forma que había dado su antecesor, Ja cual volvió a establecerse en 1683 por el P. Cristóbal del Viso, confirmando los estatutos que se hicieron por el direc- torio de las conversiones. Se ordenó, además, en dicha Paten- te, que las Misiones tuvieran sello propio, que fuese conocido en nuestra Orden, y que los Provinciales de la Santa Cruz de Caracas visitasen las conversiones por sí mismos y no por otros, y se (lió facultad para que los religiosos, que por legíti- mas causas no pudiesen perseverar en las conversiones, se pasasen a dicha provincia (le la Santa Cruz, donde su Rvma. ks daba por incorporados (2). Con todos estos docu- mentos se embarcó el P. Fr. Juan (le Solórzano con sus Misioneros, llegando a Piritu el año 1678. Se empezó luego a fundar la población de San Pablo, en las riberas di río Unare con indios Palenques, y llegaron a reunirse cien- to ochenta familias. Unos indios llamados Guavires, al ama- necer de un día pusieron cerco a la población de San Pablo para quemarla y matar a sus moradores. Los Palenques se dieron cuenta del peligro y se pusieron a la defensa con tan (1) Misiones de Pírilu cit., pág. 143. (2) Su Majestad el Rey D. Carlos II, deseando también fomentar el progreso de las Misiones (le Piritu, concedió las mercedes siguientes: 1' Limosna de aceite para alumbrar ci Santísimo en las nuevas igle- sias, depositada en las Arcas de Caracas. 2' Ocho ornamentos com- pletos, con campanas para dichas nuevas fundaciones. 3' Prorroga- ción, por diez años, de las asignaciones de 7.168 reales y 12.44, con- cedidos anteriormente para c1 sustento de los religiosos en las Misio- nes. 44 Que los indios reducidos no pagaran tributo hasta que no cumpliesen veinte años de bautizados. Todo esto consta en la Real Ce- dula de 13 de septiembre de 1677.
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