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260 LOS FRANCISCANOS CAPUCHINOS EN VENEZUELA en quanto a los sobre dhos. embarazos, trabajos, e incidentes, que el día de oy se experimentán, y privan el buen éxito de. nuestras Jorna- das y reducciones; se digne informarse e informar a S. M. el que los Indios gentiles que al presente se conquistan en ellas, y se pueblan en las Misiones de nuestro cargo, y son y se deben entender de la per- tenencia, y jurisdiccion de esta provincia, pues el que la maior parte de dhos. Indios se haya retirado del otro lado del río grande de Apu- re a acompañarse con otras naziones que residen en aquellos desier- tos hasta las riberas del Orinoco; se atribuye, y sabe ciertamente no ser otra la causa, que el huir de nuestras continuas Jornadas; y como brutos del comercio, y cercanía de las gentes con la nueba villa de San Jayme, y muchedumbre de Hatos que se han fundado, y fundan en las inmediaciones de dho. Apure, con facultades (le este superior Govierno; y con la extension y beneficio de la Provincia, que se (je- ja considerar; siendo solamente el trabajo, y mayor aumento de costos para nuestros Misioneros en buscarlos, y reducirlos en las lexas distancias a donde huyen, y se ocultan; mas no por esta causa podrá inferirse, o asegurarse, ni el que dhos. indios dexen de ser res- pectivos y pertenecientes a nuestras reducciones; ni que el terreno donde se hallan, y conquistan al presente, como asignado, y prefixo para ellas a nuestros Misioneros, y por la sobre dha. concordia; no sea, ni deba entenderse de la Jurisdiccion, y pertenencia de esta Provincia. Por lo que dignandose S. M. a consulta de V. S. 1. declarar, y decidir con Ja verdad de este informe, y la nunca interrumpida posesion de nuestras Misiones, ser dho. terreno, o llanos entre los nos Apure, y Orinoco perteneciente a esta Provincia, as¡ por no conocerse, ni estar declarado serlo de otra; como por hallarse todo él evitado de solo in- dios gentiles, y muchos por la causa dha., fugitivos, y retirados de nuestras reducciones; seria muy consiguiente el que por este medio, y decision de S. M. (Dios le guarde) cesaran de una bez las dificul- tades infudamcntadaS que puedan ofrecerse y embarazar en lo veni- dero materia de tanta consideración é importancia a la reduccion y salbazion de las Almas. Por lo cual todo, el expresado Prefecto: 11. A V. S. J. Suplica con el mejor encarecimiento, el que aten- diendo a la importante conserbazion de las Misiones, su aumento y pacificazion en beneficio espiritual de los pobres Indios; como a las repetidas Cédulas Rs. expedidas a los Ilustrísimos señores Obispos de esta Provincia que así lo encargan, y prebienen, se digne admitir es- ta relazion, y presente estado de nuestras Misiones; y dar sobre ca- da uno (le los asuntos expresados, y contenidos en él, las justas pro- videncias que mas sean de su agrado;. como as¡ mismo concurrir por parte de su benemérita dignidad a las (lemas que se ofrezcan, y tie- nen pedidas ante el Señor Gobernador y Capitan general de la Pro- vincia por resultar (le todo manifiesto servicio a una y otra Magestad. La Dibina conserbe, y gue. a V. S. 1, en las mayores felicidades los ms.
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