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LOS LLANOS.—CAPITULO XVII 235 iendo con su Divina Majestad Sacramentado a la plaza, a luego, como Rey supremo de los cielos y tierra, rindieron así los unos como los otros, las armas: cuya noticia me trticipar a V. S., para saber si dicho Teniente D. Juan Fran- Forre, ha tenido o tiene semejante facultad del Rey n. Se- Lor Virey, o de V. S. para lo ejecutado; pues siendo yo, o, en tiempo en que fui Prefecto de estas Misiones, el que dicha Villa de San Jaime para los fines y motivos que a xpuse e hice presente en su Real y supremo Consejo de las D 53, y habiendo sido de su real agrado dicha fundación, remitirme cédula de gracias aprobando dicha fundación, San Lorenzo en 13 de octubre del 53, la que en testimonio dicha Villa para cada y cuando el Teniente de esa ciudad ajera Juez preguntare al de esta, como lo preguntó en pú- E Teniente D. Juan Francisco de la Torre (manifestada an- )r facultad que para ello tuviere), se la puedan manifestar los superiores mandatos. Del recibo de ésta y aviso, que- muy obligado, como también se servirá manifestarme si tte tiene facultad para hacer el puesto de poblador, dentro s y jurisdicción de esta Villa, a un Zambo liberto llamado a, con otros de su misma naturaleza, al cual, por sus malas y grandes libertades, como vecino que es de esta Villa, y e le acompañan, le hice comparecer en la misión de mi la de San Miguel Arcángel de la boca del Tinaco, a la que tñía de otros y le reprendí severamente sus excesos y dán- de enmienda, lo despaché otra vez para dicha Villa: pues s preciso al Prefecto de estas Misiones dar cuenta a su no de la misma cédula consta, y siendo que al presente se )lestar a V. 5., le suplico me dispense muchas órdenes de s que ejecutaré como su más rendido Capellán e interin que dé la vida a V. S. muchos años. Villa (le San Jaime y febrero 16 (le 1762. B. L. Al. (le V. S. su más rendido servidor y Capellán, Fr. Pedro José de Villanueva". 6. A esta carta respondieron los de Barinas con la si- guiente - M. E. P. Fr. Pedro de Villanueva—E. P. Visitador: El día de ayer se recibió en este Cabildo (que por estar ausentes los demás capitu- lares se compone sólo de un Alcalde ordinario y un Regidor) la de V. P. (leí corriente y visto su contenido expone: Que por junta que tuvimos, a que el Señor Teniente Gobernador pre- sidió como cabeza, determinamos a instancia de este Señor Juez de diezmos, que el dióho señor Teniente pasase personalmente a la que

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