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SEGUNDA PARTE: RESUMEN DEL CAPITULO I LITERATURA DE COMENTARIO La "literatura de comentario., es una literatura producida por el judaís– mo rabínico (10-200 d. C.), centrada en el estudio y comentario de la Ley (oral y escrita). Este estudio -midrash- consistía júndamentalmente en desarrollar y f(iar el derecho -halaká-, e interpretar las secciones históri– cas y doctrinales de la Biblia -haggadá-. Clarificaciones terminológicas Tanna: maestro rabínico. Epoca tannaítica es el estadio más antiguo de la tradición rabínica. Misnah: colección de leyes del judaísmo rabínico; también se denomina así a cada una de las unidades -leyes- que forman la obra. Baraita: artículo o enseiianza oficial no incluida en la Misnah. Tosefta: colección de "baraytoth". Guemara: comentario a la Misnah realizado por los maestros judíos -amoraim- de Palestina y Babilonia. Talmud: Resultado de la unión de la Misnah y la Guemara. Momentos de esta actividad rabínica Partiendo de la convicción de que el mensaje bíblico al ser inspirado por Dios debía ser portador de luz para cada presente histórico, los rabinos se dedicaron apasionadamente a su estudio. a) La Halaká: Así se designa a un cuerpo importante de decisiones legales, surgido del estudio de las secciones jurídicas de la Biblia -midrash halá– kico- y de la práctica inmemorial de la comunidad. Esta "codificación" en el periodo de nuestro estudio se formó y transmitió primordialmente en forma oral. Formada por tres categorías (normas directamente deri– vadas de Moisés, la halaká propiamente dicha y las "ordenanzas de los escribas"), los temas de investigación no quedan circunscritos a la reli– gión sino que abordan también el derecho civil (temas matrimoniales... ) y el derecho criminal. 67
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