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ADICIONES A LA PRIMITIVA .REGLA ,PARA LA HERMANDAD DE ESTEPONA 183 salvo qué no haya más sacerdote que él en la Hermdndad, que,en tal ca– so ( como que debe ser reelegido mientras no haya otro), lo multamos en que dé una limosna a la Hermandad, y en que las haga leer el año siguien– te dos veces no seg·uidas, sino una en cada seis meses. «Si en alg·una ocasión ocurriesen dudas sobre la inteligencia de algu– na de las presentes Constituciones, queremos siempre que ,se atienda a la ley y a lo más provechoso para nuestra salvación; y generalmente siempre se interpreten estas ordenaciones en beneficio de las almas y del más exacto q1mplimiento de cuanto aquí se determina. No sean fáciles los vice– mayoral,es y mayordomos en dispensar sobre las presentes Constitucio– nes; pues, aunque es cierto que en nada nos obligan, deben no obstante cuidar de que se observen con puntualidad, pues de ello pende el ser o no contados, delante de Dios, por individuos del místico Rebaño de nuestra dulcísima Pastora. Log-rarán esto, sin duda, y mantendrán la Hermandad en todo su esplendor y observancia, si fuerer¡ los primeros en guardar to– do lo aquí ordenado, yendo delante de todos con su buen ejemplo, como a ello son obligados por el ministerio de superiores, que se les ha enco– mendado. «También ordenamos que, además de nuestro gran mayoral, el señor san Mi~uel (que deberá serlo siempre), tenga nuestra venerable Confra– ternidad un especial protector, por cuyo medio logremos coil mayor fa.cili'– dad la deseada protección de nuestra santísima Pastora. Este queremos y escog·emos, para que sea en el cielo, el glorioso patriarca señor san José, dig·nísimo esposo de nuestra amantísima Madre y padre putativo de nues– tro Redentor Jesús; y en la tierra nuestro meritísimo prelado el ilustrísi– mo señor don José Franquis Laso de Castilla, dignísimo obispo de Mála– ga, si su ilustrísima se dignare recibirnos bajo el amparo de su poderosa protección, a quien, como a todos sus ilustrísimos sucesores, queremos vivir en todo rendidos y sujetos. «Queremos también que estas nuestras Constituciones en ningún tiempo se muden, ni se borren, sino que luego que sean vistas y aproba– das por el ordinario, se archiven con los demás papeles y libros de la Her– mandad y se saquen dos o tres copias de estas últimas, para que pu,dan darse a leer a los pretendientes sin daño ni detrimento de. las archivadas. Queremos asimismo que el vicemayoral, por sí mismo o por otro sacer– dote, de dentr© o de fuera de la Hermandad, tenga frecuentes pláticas a los hermanos , exhortándolos a la devoción de nuestra santísima Pastora y al cumplimiento de las presentes ordenaciones, haciéndoles ver que estas no son cosas dejuego ni de ceremonias, sino medios importantes para con~ seguir en nuestra muerte el favor de la Reina del cielo. Díganle con desnu– dez qµe en vano entra.n en la Hérmandad, si no han de guardar lo que sus leyes disponen; pues las gracias, indulgencias y demás favores no se con– siguen con sólo estar inscrito en los libros, sino con guardar las presen- tes Constituciones. · . «Nada de esto se nos hará dificultoso, carísimos hermanos míos, si atendemos al fin para que fuimos criados y a la cuenta tan terrible, que nos espera después de una amarguísima muerte. ¡Oh qué sensible es en aquella hora vernos en las puertas de la eternidad, y sin poder ya enmen– dar los yerros de la vida, que se acaba! No hay desconsuelo semejante' al ,que padece un alma -en aquel terrible tranc.e, al mirar q.ue ~n lugar de haber

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