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(BILBAO) 265 hubiésemos por tal y conforme al estado de los autos proveyésemos y determinásemos a su favor. Lo que, visto por los del nuestro Consejo, se mandó pasase al .nuestro Fiscal, cuyo Ministro reprodujo su respuesta del citado día veintidós de febrero de este año y que 110; tenía reparo se procediese a su resolución, como lo solicitaba ese Señorío. Y habiéndose pe– dido señalamiento ele día para la determinación de estos autos vis– tos por los del nuestro Consejo, por uno que proveyeron en veinti– dós de octubre próximo pasado se acordó expedir esta nuestra car– ta, por la cual queremos subsista la fundación del Convento de Ca– puchinos del barrio de Goiri de la anteiglesia de Deusto en ese muy noble y muy leal Señorío de Vizcaya, hecha con licencia del muy reverendo en Cristo, P. Obispo de Cartagena, al presente Go– bernador del nuestro Consejo, en diez de octubre del año pasado de mil setecientos cincuenta y uno, puso inserta hallándose enton– ces Juez ordinario diocesano de su Obispado de Calahorra y La Calzada con la calidad de que los Religiosos Capuchinos se arre– glen a la misma licencia y no excediendo del n(1111,ero de trece Re– ligiosos, incluso .el Prelado y los legos. Y mandamos a ese Señorío no permita que en adelante se haga Hospicio ni fundación alguna de esta ni otra Religión, sin que preceda Real licencia nuestra. Lo que queremos se haga saber para su observancia y que se anot!= en sus libros de acuerdos a la junta de su Diputación general, a cuyo, :fin se dirigirá la orden conveniente al nuestro Corregidor, en cuya conformjdad, cumpliéndose por parte de dichos Religiosos Capuchi– nos con lo prevenido ~n este despacho y licencia mencionada, no les molestéis ni permitáis sean molestados en su residencia y ha– bitación del Convento, que así es nuestra voluntad, y mandamos pena de la nuestra merced y de treinta mil maravedíes a cualquier Escribano público o Real de estos nuestros Reinos y Señoríos que fuere requerido con esta nuestra carta os la notifique y de ello dé testim,onio. Dada en Madrid a trece de diciembre de mil setecientos cincuen– ta y cinco.-A. de Castro.-D. Francisco de Carrojera.-D. José José de Aparicio.-Miguel María Nava.-Andrés Valcarce.-Yo, D. José Antonio de Y arza, Escribano del Rey nuestro Señor Y Se– cretario de Cámara, la hice escribir por su mandado con acuerdo de los de su Consejo.-Rda. Lucas de Gara..-Teniente de Chanciller! Lucas de Garay.-Tiene sello. Lugar del mismo. Por pobre.-V. A. manda subsista la fundación del Convento de

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