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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN GUAYANA 191 de los muchos infieles de la Guayana, como en dicha cédula se les orde– na, alegando en dicho exhorto varios motivos y causales poco eficaces, y pidiendo en dicho exhorto licencia para irse a su provincia de Cata– luña. Dijo el Señor Gobernador que ante S.S. metieron dichos Padres un memorial en 18 de septiembre de 1711 años, en el cual se eximie– ron también del cuidado de dichas misiones, pidiendo a dicho Sr. Gober– nador pusiera cura propio en aquellos pueblos de misión porque no po– dían pasar a la reducción de infieles de la Guayana sino volverse a su provincia. Y dicho Sr. Gobernador con esta propuesta hecha por los PP. Capuchinos, en ocasión que por falta de clérigos y otros regulares no se podía poner párroco en dichas misiones, aunque el Provisor de Puerto Rico puso edictos para el curato de dichos pueblos de misiones, y no hu– bo opositor. Viendo dicho Sr. Gobernador que, saliendo dichos Padres, quedaban las misiones sin ningún ministro y consiguientemente muy arriesgadas a que los indios se volvieran a los montes y se perdiese lo adquirido, con junta de los republicanos de la ciudad de San José de Oruña tomó la resolución de suspender la ejecución de la sobredicha cé– dula de S.M. por convenir así al servicio de ambas majestades hasta dar cuenta a la católica del rey nuestro señor, para que disponga y mande lo que fuere de su real agrado, como consta del auto de 23 de septiembre de dicho año de 1711. Pero que, viendo dichos Gobernador y el Ilmo. Sr. Obispo que di– chos cuatro Padres Capuchinos persisten en eximirse de los dichos cua– tro pueblos de misiones, y que ya cesa la causa de la suspensión del real mandato en la citada cédula, pues S.S. Ilma., en cumplimiento de ella, mandó fijar los edictos para dicho curato, que se cumplen el día 28 del presente mes, y que asimismo S.S. Ilma., en los autos de la visita que por su persona hizo en los cuatro pueblos de dichas misiones se encargó de dichos pueblos para ponerles párroco propio y encargó a dichos Pa– dres misioneros asistan y cuiden de dichos cuatro pueblos entre tanto que con toda la brevedad posible les pone párroco colado según las leyes del real patronato, ambos señores, Obispo y Gobernador, unánimes y con– formes, dijeron que debían resolver y resolvieron ante todas cosas, que se ponga por cabeza de estos autos la cédula original en que S.M. manda se ponga párroco propio a dichos pueblos de misiones, acumulando a ella el dicho memorial de los sobredichos PP. Capuchinos con el auto acor– dado de dicho Sr. Gobernador el día 23 de septiembre de dicho año de 711, y consiguientemente las dichas cartas originales, el exhorto original

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