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No dejan de chocarme estas voces anffUStiosas del custodio Santos, cuando aquel mismo año de 1969 se había incluído, como inversión pública, en el presupuesto general del Estado, una importante partida, de 314.000 sucres anuales con destino al "pago de viajes, alimentación y vestuario de sus integrantes (capuchinos), mantenimiento de sus obras, etc."; y en general, "parn el sostenimiento de las obras misionales de las misiones capuchinas Nanegal-Pacto-Santa Elena". Item más, los profesores que presentare el procurador de los misioneros capuchinos de dicha zona, y que fueren designados por el Gobierno, percibirán sus sueldos y beneficios de acuerdo con la "Ley de Escalafón y Sueldos del Magisterio y de la Ley Orgánica de Educación"; y el mismo Gobierno se compromete a subvencionar, según cantidades que se señalan para cada día, a los alumnos internos de los establecimientos educativos que estén a cargo de dichos misioneros capuchinos (84). "El presente contrato entra en vigencia a partir del primero de enero de 1969". Contrato porque también la "provincia capuchina del Ecuador se compromete a elaborar con todo afán en pro de la coloniza– ción e incorporación a la vida socio económica del País, de todos los grupos humanos que habitan o habitaren dentro del territorio encomendado a su labor"; y a crear por su cuenta o con el apoyo económico del Gobierno centros culturales, escuelas misionales, dispensarios, hospitales, centros agropecuarios, talleres, centros de alfabetización, técnicos y culturales y a organizar campañas sanitarias. Contrato oneroso, en lenguaje jurídico. Mucho personal y bien preparado requieren tantas incumbencias. Convencido Néstor Zubeldía de la magnitud de la empresa y estribando en la cláusula primera del contrato, letras b) y c), por la que el Gobierno de la Nación ofrece colaborar en la creación de escuelas, centros de capacitación, hospitales y dispensarios, eleva una instancia "a los Honorables Senadores y Diputados de la Provincia de Pichincha" (copia, s. f.). Después de analizar el precedente convenio, provocado por el subdesarrollo cultural, económico e higiénico de la zona nor– occidental de Pichincha, propone como partidas que han de presentarse al voto de las Cámaras de Senadores y de Representantes, las siguientes: 400.000 sucres para la escuela agrícola de Chontapamba; otrqs 400.000 para el hospital de Gualea, más 200.000 para instalaciones y 100.000 para sueldos del personal y suministro de medicamentos; 60.000 sucres para cada uno de los dispensarios de Pacto, Nanegalito, Santa Elena y Chontapamba; 400.000 sucres para las escuelas, diez en total, de Culantropamba, Chontapamba, Palmitopamba, Tandayapa, Armenia, Tulipe, Las Tolas, Mindo, Saloya y Milpe; 400.000 para el "colegio de manualidades del hogar" en Pacto; y 90.000 para la "colonia va,ca– cional" de 300 niños (85). 505

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