BCCCAP000000000000000000000207

"región al parecer de buen porvenir, muy fértil, a la cual ya van llegando las comunicaciones por carretera" (4). ¿Por qué barrunta Máximo de Arruazu, tras su entrevista con el obispo, que las puertas del Intag "nos están cerradas?" (5). Aclara el custodio Ruperto en su respuesta que, según comunica– ción recibida del padre provincial, se podía aceptar el ofrecimiento, siempre que se nos encomendase, juntamente con la zona de Gualea, para "formar con ambas una misión independiente". Vana pretensión la del ministro provincial, sentencia razonablemente el P. Arizaleta, puesto que el arzobispo de Quito no estaba dispuesto a "desglosar esa parte (Gualea) de su diócesis". Ignoraba sin duda el provincial Serafín que Intag y Gualea dependían de dos jurisdicciones eclesiásticas, !barra y la archidiócesis quiteña. Una comisión de inteños fue a entrevistarse con el arzobispo de Quito, que los recibió apenas cortésmente. Tal vez por eso debió de difundir el diario "El Comercio" que los capuchinos abandonaban la región por orden del señor arzobispo; y que sus moradores no habían de cejar hasta conseguir la retractación. Por todo lo cual aconsejó el custodio Ruperto al párroco Arruazu que aguantara un poco más las incomodidades, sin comprometerse en gastos de alguna cuantía. Pero para cuando le llegó la sugerencia, había ya importado de Ipiales (Colombia) un grupo electrógeno, por 688 pesos colombianos (6). "¿Qué pasa con ese territorio inmenso del Intag?" -inquiere el provincial, Serafín de Tolosa. "La provincia vería con agrado se nos entregase como Prefectura, ahora que hemos tenido que abandonar la misión de China" (7). Sucedió que Mons. César Antonio Mosquera puso a,Ja firma del padre custodio un convenio por el que se entregaba la adµiinistración eclesiástica de las parroquias de Calvario, Apuela y San Isidro, en la zona del INTAG, "ad nutum Sanctae Sedis", a condición de que la orden capuchina se comprometiera a destinar por lo menos cuatro sacerdotes para el servicio pastoral de zona tan poblada, que integraban las parroquias civiles de Plaza Gutiérrez, Vacas Galindo, Selva Alegre, Apuela, Peñaherrera y García Moreno. Como no pudiera negarse abiertamente el P. Ruperto, por haber sido dicho prelado favorecedor insigne de la custodia capuchina de Ecuador, procuró zafarse con el principio jurídico de que tales contra– tos sólo podía firmar el definitorio provincial con su superior mayor. Porque confinar en aquella apartada región cuatro padres, cuando apenas podía disponerse de dos, pareció al P. Arizaleta demasiado compromiso . Con todo le prometió, que mientras estuviese S. E. al 467

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz