BCCCAP000000000000000000000207
mostró singular afecto y gratitud a los capuchinos por su obra en La Concepción y en Gualea; y que accedió sin dificultad a la petición formulada por el custodio Santos de Egüés. Por escritura que certifica el escribano público Dr. Olmedo del Pozo, en Quito 15 de diciembre de 1967, queda registrada la donación hecha por la curia archidiocesana, "atentas las peticiones y la meritoria labor de los capuchinos en Ecuador", de un lote urbano, calculado en 16.960 metros cuadrados, y valorado en 848.000 sucres. Radica dicho solru· en la panoquia de Chaupicruz, cantón 5o. de la provincia de Pichincha, y linda al N., en 107 metros con la calle Nicolás López; al S., en 108 metros, con propiedad particulru·; al E., en 161 metros, con la plaza y parque de La Concepción; y al W., en 162 metros , con propiedad particular. Se hace entrega a la fraternidad capuchina, "para que en él se mantengan indefinidamente todos los servicios eclesiásticos de tipo parroquial en la jurisdicción, así como la obra misional de educación gratuita y popular y ayuda social en general, a cumplirse no sólo en Chaupicruz, sino también en las parroquias noroccidentales de Pichincha, encomendadas por la Curia de Quito a los Capuchinos". El predio, materia de esta donación, no podrá ser enajenado. Caso de que la comunidad capuchina abandone la parroquia eclesiástica de Chaupicruz y la obra misional de tipo educacional y además de tipo social, a que hace referencia el presente contrato, retornará el objeto material de la donación a propiedad de la donante, Curia Metropolitana de Quito. El donatario renuncia a toda reclamación por evicción y la donante se desliga de indemnizar por ese motivo al donatario, que es la comuni– dad capuchina, sobre la que recae el pago de los gastos notariales a que haya lugar. Firman en su nombre el custodio Santos de Egüés, el secretario Ramón •Echegaray, el síndico Dr. Jorge Merlo Vásquez, reconocido por el Ministerio de Gobierno (decreto de 8 de mayo de 1955), como apoderado legal de los capuchinos en Ecuador; y por la Curia Metro– politana, Mons. Angel Humberto Jácorne Marín, delegado del consejo gubernativo de los bienes archidiocesanos de Quito (78). En informes oficiales hace constar el custodio Langarica la propiedad capuchina del fundo precedente; por ejemplo, cuando, por acuerdo de la Conferencia ecuatoriru1a de religiosos e institutos seculares (CER), comunica al P. Enrique Almeida, secretario ejecutivo, 286
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz