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174 Vicariato con el Gobierno Nacional. Estas disposiciones, que cons– tituían las bases de un convenio, merecieron la aprobación de los Superiores de Roma, confirmando la mencionada separación del Vicariato de la Custodia, y disponiendo que los religiosos que fuesen al Vicariato quedaban sujetos a la Sagrada Congregación de «Propaganda fide», gozando de muchos privilegios y gracias concedidos a los que evangelizan infieles, necesitando para ir a la Misión de la Guajira, como asimismo para salir de sus límites o regresar a la propia Provincia, permiso de la mencionada Congre– gación, debiendo en todo lo demás observarse el «Statutum pro Missionibus»; y provisionalmente el Vicario Apostólico continuaría siendo Superior Regular de los religiosos misioneros del Vicariato. Igualmente, las demás residencias que la Provincia tenía en Colombia quedaban bajo la jurisdicción de un Superior Regular, Comisario, Delegado o Custodio que sería nombrado por los Supe– riores de la Provincia. Asimismo, según el artículo 11 del «Statutum Missionum», el Ministro Provincial, bajo la dirección del Ministro General, es cons– tituído Superior inmediato de las misiones que la Congregación de «Propaganda fide» ha confiado a la Provincia; por consiguiente, el mismo Provincial puede y debe visitar así la Misión de Propaganda como la Custodia. Como se ve, pues, por estas disposiciones, tenemos dividida la labor misional de los Capuchinos en Colombia en dos organis– mos completamente independientes; sin embargo, al Vicario Apos– tólico había que exonerarle ele una carga que aun pesaba sobre él, cual era el ser Superior Regular de los misioneros, cargo que, aun– que interino, precisaba que cuanto antes lo desempeñase un religio– so; más adelante, y cuando se juzgó oportuno, fué nombrado el Superior Regular, cuyo oficio fué confiado al M. R. P. Eloy de Orihuela, como asimismo Superior y Visitador Permanente de la Custodia lo fué el M. R. P. Diego J. de Ben isa.
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